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TRANSGÉNERO. Una visión objetiva
23 Feb

TRANSGÉNERO. Una visión objetiva

“Uno no comprende a una persona hasta que considera las cosas desde su punto de vista”

Atticus Finch, “Matar a un ruiseñor”

 

 

1. Descripción del problema de salud        

La disforia de género es un trastorno en el que la persona que la padece considera que ha nacido con el sexo equivocado, y muestra su deseo de vivir y ser aceptado como miembro del sexo opuesto. Para llevar a cabo este fin, estos individuos quieren someterse a un tratamiento hormonal, y/o a cirugía de reasignación de género. También conocido como trastorno de identidad de género es clasificado como un desorden CIE-11 y en el DSM-5 de la Asociación Psiquiátrica americana. Los colectivos LGTBI siguen luchando por la despatologización de este trastorno, y su retirada como trastorno psiquiátrico.

El problema más significativo de la disforia de género es la falta de aceptación en sociedades mayoritarias en la actualidad. El rechazo que sufren estas personas sigue siendo un lastre en la normalización de un trastorno genético altamente contrastado científicamente. No se puede cuantificar el número de casos, ni cualificar el grado de sufrimiento que sufren aquell@s que no pueden o no saben reconocer su situación. No hay estudios que describan el por qué de la transexualidad en las personas, aunque hay alguno que apuntan a que la anatomía del cerebro desenvuelve un rol importante en la identidad de género .

 

 2. Epidemiología

Las diferencias de prevalencia son destacables a nivel mundial, dado que este tipo de desórdenes están muy ligados a la cultura, religión o política según la región donde analicemos. Si tomamos como referencia el sudeste asiático, donde por ejemplo en Singapur, hay una prevalencia de 35.2 hombres transexuales por cada 100.000 habitantes, y 12.0 mujeres por cada 100.000 y lo comparamos con Europa, donde se estima que 2.6/100.000 en hombres trans y 6.8/100.000 en mujeres, comprobamos diferencias significativas. Pero estos datos están sujetos a mucha discusión,  ya que según las asociaciones de transexuales y de disforia de género, estos estudios son altamente conservadores, y presentan otros (no indexados en pubmed), en los que los datos de prevalencia son significativamente distintos. Destaca el estudio “On the Calculation of the Prevalence of Transsexualism”, en los que hacen el cálculo analítico desde una perspectiva global, y no solo basándose en cirugías de asignación de género, en el que estiman que la prevalencia es de 80/100000 para transexualidad, y 66,7/100000 para otras identidades trans. Pero el dato más extendido es el que aporta la WPATH (World Professional Association for Transgender Health), que es la asociación transgénero mayoritaria a nivel mundial, en el que realizan una revisión bibliográfica entre los estudios más concluyentes de esta materia, dando como resultado una horquilla para transfeminas  de 8,4 a 2,2 y para transmasculinos de 3,3 a 0,5 por cada cien mil habitantes. Si bien aclaran que las mediciones de estas alteraciones son poco objetivas, por los numerosos casos no diagnosticados debidos a las citadas barreras de religión, cultura o política. En España la población transexual no está medida, dado que los resultados publicados por autores expertos en esta materia son muy dispares. En la provincia de Alicante, hay 200 casos abiertos desde el año 2008 dentro del área de salud sexual de la Conselleria de Sanitat, pero no incluye aquellos que han sido evaluados dentro del ámbito privado, ni los numerosos casos silenciados.

Los niveles de mortalidad de este colectivo también son más altos, y tanto en aquellas personas que se someten a una conversión de género por tratamiento hormonal, como aquellos que acceden a cirugía de reasignación de sexo, tienen altos niveles de suicidio, así como muertes por sobredosis, fallo cardiaco (debido a que algunos tratamientos hormonales conllevan un incremento en el riesgo de problemas cardiovasculares), enfermedades de transmisión sexual, así como causas desconocidas. Hay estudios que determinan que el ser transexual en tratamiento hormonal conlleva un 51% más de probabilidad de fallecimiento. Por otro lado, los datos de morbilidad de enfermedades asociadas a los tratamientos hormonales ya no son significativos, dado que años atrás, las escasas alternativas terapéuticas si producían daños colaterales, sobre todo alto riesgo de tromboembolismo venoso.

3. Contexto Histórico

No podemos detallar el primer diagnóstico de disforia de género, pero se ha visto reflejado en todas las culturas y a lo largo de los tiempos. Hay múltiples ejemplos, sobre todo en la cultura grecorromana, donde el emperador Heliogábalo (218-222 d.C.) afirmaba sentirse mujer, pidiendo a sus médicos que le cambiasen de sexo. Además cabe citar numerosos casos durante la edad media, enmarcados dentro de la iglesia católica, desde Santa Wilfrida o San Onofre, hasta la misma Juana de Arco. No es hasta 1869 cuando Westphal (7)publicó el primer artículo científico sexológico. En este, se confunde el homosexual con el transexual, pero ya hace estudios en niños que no se sienten cómodos ni con su anatomía ni con su identidad sexual, detallando la problemática que ello conllevaba y las exploraciones a las que les sometía. Pero el giro en el reconocimiento de la transexualidad lo dio en 1953 Christine Jorgensen, la cual se sometió en Dinamarca a cirugías de reasignación de género con éxito, ya que años antes, otra mujer danesa (antes varón) se sometió a cirugías experimentales, que supusieron un fracaso. Esta mujer se llamaba Lili Elbe, y su vida está recogida en la película “La chica danesa”.

4. Respuestas sociales, legislativas y políticas

Como bien hemos aclarado, el reconocimiento de esta disforia según donde hayas nacido sigue siendo la principal causa de la falta de datos epidemiológicos. Todavía hay muchos países que penan con la muerte el hecho de ser transexual u homosexual, o que, directamente, no reconocen la existencia de este hecho. Así pues, en el año 2008, el embajador de Francia en las Naciones Unidas solicitó que la homosexualidad fuera despenalizada a nivel mundial, pero ante este hecho tanto el Vaticano como la Organización de la Conferencia Islámica se opusieron a la resolución. Finalmente 66 países firmaron la declaración, y aunque en un primer momento Estados Unidos no se sumó, finalmente en el año 2009, la administración Obama anunció la firma en esta declaración.

A nivel mundial, las diferencias son muy significativas geográficamente hablando, pero aun habiendo leyes en muchos países, sigue siendo farragoso cuantificar en estos los casos que se dan. Por ejemplo, en África, solo Sudáfrica tiene una ley antidiscriminación que reconozca como iguales las personas LGTB, y es muy significativo el alto número de países que tienen penado con la muerte la práctica o la declaración de otra orientación sexual que no sea hombre-mujer. Es más, ningún país africano, excepto la ya mencionada Sudáfrica, reconoce la existencia del transexualismo. Por otro lado, en América del Norte, la mayoría de los países recogen legislaciones muy recientes de aprobación de la transexualidad, y en América del Sur, todavía países como Venezuela o Paraguay no tienen legislación sobre identidad de género. En la gran mayoría de los países árabes, las prohibiciones a cualquier forma de orientación sexual no tradicional, está fuertemente penada, con excepciones como Turquía, pero donde se encuentran muchas dificultades en normalizar este estado. Son en cambio, muchos países europeos los pioneros en legislar en esta materia, y se aunque todavía falte mucho recorrido, casi todo el arco europeo recoge legislaciones avanzadas en materia de LGTB.

Un caso radical en la aplicación de leyes que demuestran el desconocimiento de esta situación es la de Irán, en la cual, el gobierno iraní promulgó una “solución”, en la cual, todos los homexuales debían pasar por cirugía de reasignación de sexo, financiado y apoyado por dicho gobierno, para “encauzar” la desviación de estas personas (8). Esto se acompañó de una Fetua del líder supremo Ayatolá Ruhollah Jomenei declarando que la cirugía de reasignación de sexo se permitía para “transexuales médicamente diagnosticados”.

En el marco legislativo internacional (figura 1), en el año 2008 se promulgaron desde las Naciones Unidas, los principios de Yogyakarta , los cuales aplican la legislación internacional de derechos humanos en relación a la orientación sexual o identidad de género, dando protección jurídica a las personas LGTB. Pero debido a las reticencias de muchos estados, dichos principios no son recogidos en un tratado, por lo que no son un instrumento vinculante en derecho internacional de derechos humanos.

En España, uno de los países más avanzados en esta materia, desde el año 2007, existe la ley 3/2007 de identidad de género, en la que se reconoce los derechos de estos ciudadanos, y esta se amplía con las leyes autonómicas de Andalucía (la primera) y Madrid, donde además se regulan el acceso a la cartera de servicios para tratar médica y quirúrgicamente a los transexuales. Hasta hace muy poco solo el Hospital Carlos Haya de Málaga ofrece la cirugía completa para la reasignación de sexo, aunque en la actualidad puedes acceder a cirugía completa en Madrid y Barcelona. En cualquier caso, hoy en día, resulta muy complejo acceder a estos servicios debido a que se desconoce los mecanismos que ofertan los diferentes sistemas sanitarios autonómicos por parte de los profesionales del ramo.

 

 

 

Se debe añadir también la ley orgánica 2/2006 de educación, en la que se recoge la diversidad afectivo-sexual, y la ley Orgánica 2/2010 de salud reproductiva y de interrupción del embarazo en la que impone al sistema educativo la obligatoriedad de la promoción de la sexualidad en términos de igualdad.

Así pues, el argumento principal de los colectivos trans para el reconocimiento de sus derechos es que si según la definición de salud de la OMS es “estado completo de bienestar físico, mental y social”, un transexual no tratado e integrado no cumple ninguno de estos tres requisitos .

 

5. El debate actual sobre la nueva LEY TRANS

Parece haber consenso en la necesidad de esta nueva ley, es decir en el cúando, pero el problema es el cómo se articula dicha ley. Hay varios puntos de debate entre el grupo parlamentario de Unidas Podemos (Ponente de la ley) y de otros grupos políticos, entre ellos el PSOE, miembro del mismo gobierno de coalición. Hay posturas cercanas en cuanto a la discriminación positiva que se debe dar a este colectivo (ayudas a la contratación, bonificaciones a empresas que apuesten por contratar personas de este colectivo), así como mejorar la capacidad del sistema sanitario para facilitar cirugúa de reasignación de género. Pero en otros están lejos de entenderse. Estos son los puntos a debate:

  • Edad. Mientras Podemos esgrime en su nueva ley que a partir de los 16 años las personas tran se puedan inscribir en el registro con el sexo que ellas consideren, y que entre los 12 y los 16 lo puedan hacer con consentimiento paterno, o bien de los tutores legales, otros grupos políticos consideran que al menos debe haber un informe psicológico que reconozca este cambio, 
  • Lucha feminista. Diversos grupos feministas argumentan que much@s solicitantes de cambio de género podrían verse favorecidos en casos de delitos penales por violencia de genero, es decir, hombres que podrían buscar reducción de penas si se declaran mujeres. Ante este hecho, la nueva ley especifica que todos aquellos delitos cometidos antes del cambio registral, deberán ser cumplidos íntegramente. Además, algunas de estas asociacines aclaran que la lucha feminista podría verse desvirtuada por la integración de personas que hasta ese momento eran favorecidas por el sistema por ser hombres, y ahora se adherirían a una corriente a su favor. El colectivo trans de mujeres alega que al sentirse mujeres desde siempre, su lucha es suya también. 
  • Deporte. Hasta ahora, para poder participar a nivel federativo en las competiciones femeninas, se debían pasar controles hormonales para evitar desventajas y fomentar la igualdad de condiciones. La nueva ley no aclara si se deberán hacer estos tests, pero sí esgrime que no se podrán hacer pruebas de verificación de sexo.
  • Lucha entre partidos por leyes sociales. Históricamente ha sido el PSOE el partido nacional que más leyes ha promivido en el ámbito social. El hecho de que sea otro partido quién se anote el tanto de promover una ley con fuerte contenido social ha provocado ciertas tensiones, máxime cuando parte de su militancia ha luchado por la aprobación de una ley similar.

 Esperamos haber podido dar una visión más clara de este tema que se ha invisibilizado durante muchos años, y que este autor considera necesario y positivo un debate abierto para mejorar la vida de las personas.

 

 

 

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